Competencia Desleal

Competencia Desleal

Reunimos pruebas solventes sobre acciones ilícitas de la competencia y deslealtad profesional

El concepto de competencia desleal alude a aquellas prácticas o comportamientos deshonestos contrarios a las exigencias de la buena fe dentro del ámbito mercantil, que pretenden aumentar la cuota de mercado de la empresa que las lleva a cabo o eliminar a su competencia en un mercado específico.

La figura del detective privado juega en estos casos un papel fundamental como eficaz aliado para combatir este tipo de prácticas ilícitas, que no sólo afecta a grandes corporaciones, sino también, y cada vez con más frecuencia, a medianas y pequeñas empresas.

El detective privado frente a las acciones ilícitas de la competencia

Desde nuestro despacho de detectives privados especializado en investigaciones mercantiles, somos conocedores de la problemática y graves perjuicios que causan estas prácticas a la empresa que las padece.

Con frecuencia, las sospechas de los empresarios comienzan cuando estas malas prácticas llevan un tiempo afectando al buen funcionamiento de la compañía, que suelen provenir de la detección de una serie de indicios sin causa que las justifique, tales como:

  • Una disminución extraordinaria y repentina del volumen de ventas. 
  • Pérdida de proveedores.
  • Percepción de un debilitamiento de la imagen de marca.
  • Venta de productos muy similares por empresas de la competencia en espacios de tiempo de diferencia ínfimos.
  • Productos de la competencia con precios inferiores al precio de fabricación.

Las señales descritas, desgraciadamente, dan la cara cuando los efectos nocivos son evidentes. Es, por tanto, un enemigo silencioso difícil de identificar. En la mayoría de ocasiones, se trata de un factor externo, aunque no son menos las veces que provienen, por si fuera poco, de actos del supuesto equipo de confianza de la empresa, quienes ocupan cargos intermedios y altos, y de la que se apropian de sus recursos y conocimientos prácticos causando un perjuicio todavía mayor si cabe.

Disponer de información plena y certera es de vital importancia para identificar de manera correcta el origen de los actos de competencia desleal y a su responsables. Para ello, contar con detectives de competencia desleal es la herramienta más eficaz para combatir y solventar estos casos.

Muchas son las empresas que han podido probar actos desleales contrarios a la libre competencia que les estaban perjudicando gracias a las investigaciones practicadas con éxito por nuestra agencia de investigación.

¿Qué prácticas se consideran desleales?

Esta clase de actos deshonestos se encuentran regulados en España a través de la Ley de Competencia Desleal, en la que se apunta que la transparencia es uno de los requisitos ineludibles para la realización de cualquier tipo de intercambio, ya sean transacciones comerciales, particulares o empresariales. 

Sin esta autenticidad y transparencia, el intercambio de bienes y servicios puede tornarse en engañoso y fraudulento. Por esta razón, es esencial conocer las pautas marcadas en la Ley de Competencia Desleal a fin de poder distinguir correctamente las conductas apropiadas de las conductas prohibidas.

Así, dentro del ámbito industrial y comercial, la competencia desleal comprende un amplio abanico de actividades, siendo los actos ilícitos concurrenciales más investigados por los detectives privados los siguientes:

  • ENGAÑO:  referido a toda clase de información falsa que pueda inducir a error a los consumidores, tales como la difusión de etiquetados incorrectos, la omisión del contenido verdadero y todas aquellas que provoquen error respecto a la naturaleza, características, cantidad, calidad o modo de fabricación y distribución.
 
  • IMITACIÓN: la imitación de productos o servicios se reputará desleal cuando un tercero trate de aprovecharse de la mejor reputación o esfuerzo ajeno de manera que se genere asociación a la hora de la compra, creyendo los consumidores que están adquiriendo una marca distinta o de mayor prestigio.
 
  • CONFUSIÓN: relacionado con el punto anterior, se trata de todos aquellos actos que sean susceptibles de provocar confusión respecto a la prestación, actividad o establecimiento de terceros.
 
  • COMPARACIÓN: en estrecha relación con los actos de confusión, las actividades comparativas quedan prohibidas siempre que se haga alusión directa sobre la competencia que compite dentro un mismo sector económico. Conocida como publicidad comparativa, para que sea considerado como un acto de competencia desleal, las empresas comparadas han de satisfacer las mismas necesidades.

    DENIGRACIÓN: actos como campañas de desprestigio que afecten a la imagen, reputación y buena fama de un tercero en el mercado, siempre que se falte a la verdad. A salvo se encuentra toda información vertida que sea exacta, pertinente o veraz, la cual no será considerada un acto denigratorio.  

  • PRÁCTICAS AGRESIVAS: mediante estos actos, caracterizados por el empleo de métodos coactivos, de acoso o influencia indebida, se puede ver afectada la libertad de elección del destinatario final, forzando a que actúe de determinada manera. Tal es el caso de amenazar con romper relaciones comerciales con un distribuidor o proveedor si continúan comercializando el producto de la competencia o suministrando la materia prima que utilizan para producir.

  • EXPLOTACIÓN DE LA REPUTACIÓN AJENA: consiste en el aprovechamiento indebido de la reputación industrial, comercial o profesional de un tercero a manos de un profesional o empresa, obteniendo así una ventaja comercial ilícita, como ocurre con el uso de signos distintivos o marcas.

  • LA VENTA A PÉRDIDA O DUMPING:  estrategia considerada como competencia desleal por la que se fijan precios por debajo del precio de coste, y ello siempre que se pretenda inducir a error al consumidor sobre el nivel de precios, distorsionar la imagen que se tiene de un producto o establecimiento o a eliminar a un competidor del mercado.

  • VIOLACIÓN DE SECRETOS:  se considera desleal la divulgación o explotación de secretos industriales o empresariales de un tercero sin su autorización.

  • INDUCCIÓN A LA INFRACCIÓN CONTRACTUAL: conjunto de malas prácticas encaminadas a provocar en los trabajadores, proveedores, clientes y otros actores la infracción de los deberes contractuales básicos contraídos con la competencia.

  • VIOLACIÓN DE NORMAS LEGALES: consiste en la infracción de preceptos legales para obtener una ventaja competitiva. Sirva como ejemplo el caso de un empleador que contrata personal sin autorización para trabajar, o de un establecimiento que incumple las ordenanzas respecto al horario de apertura o cierre, lo que supone un acto de competencia desleal en relación al resto de comerciantes.

  • DEPENDENCIA ECONÓMICA: práctica ilícita consistente en prevalerse de una posición ventajosa para exigir condiciones abusivas. Este acto desleal se puede dar en situaciones en las que una misma compañía adquiere casi toda la producción de un proveedor, aprovechándose de la relación de dependencia económica que mantiene este último con el primero.

Nuestro método de trabajo

Frente a un mercado cada vez más competido y agresivo, los casos de competencia desleal han ido en aumento y los detectives privados son cada vez más demandados como instrumento eficaz para solucionar los enormes perjuicios que causa esta situación en cualquier compañía afectada.

La labor de un detective competencia desleal gira en torno a un exhaustivo control de movimientos, acciones y actividades llevados a cabo por la competencia o en el seno de la propia empresa, cuando el sospechoso es un trabajador de la misma.

En Centinela Detectives trabajamos de manera útil y discreta para conseguir las pruebas sobre estas prácticas perjudiciales para la empresa, diseñando una línea de actuación para ello en función de las particularidades que exija el caso concreto, recabando toda clase de información que pueda ser de utilidad proveniente de proveedores, clientes, empleados, comerciales, trazabilidad del producto, horarios, etc.

Una vez recopilada toda la información necesaria, las pruebas obtenidas serán aportadas, en su caso, en un eventual procedimiento judicial, mediante la confección de un informe legal y confidencial con todas las garantías procesales que servirá como elemento probatorio de vulneración de la Ley de Competencia Desleal.

Si tienes sospechas de que la competencia está cometiendo actos desleales hacia tu empresa o bien es un trabajador en particular quien las está llevando a cabo, contacta con nosotros y te proporcionaremos el mejor asesoramiento diseñando un plan de actuación en el marco de una investigación de competencia desleal. Centinela Detectives es una agencia de detectives privados conformada por profesionales habilitados por el Ministerio del Interior con amplia experiencia en investigaciones de esta índole. Confía en nuestros servicios y consigue los resultados esperados.